Agricultura

La denominación de origen es cada vez más apetecida

Analista LR
Por:
Teresita Celis
10 de mayo de 2016

“Todo coñac es un brandy, pero no todo brandy es un coñac”. Esta frase, que ha dado vueltas en el mundo de los destilados de uva, resume en pocas palabras lo que es una denominación de origen protegida.

Lo estipulado por las leyes francesas, de donde este licor es originario, es que el brandy solo puede llamarse coñac si es elaborado y proviene de la región de Cognac (departamento de Charente) que le dio el nombre a la bebida. En 1919 se convirtió en una denominación de origen y a partir de ahí el brandy que se hiciera llamar coñac y no se produjera en la región delimitada, tuvo que cambiar esa palabra de las etiquetas. Hoy es uno de los principales productos de exportación de Francia y, además, uno de los licores más reputados y costosos del mundo.

Aunque existen muchos brandys, no son pocos los que gustan pagar por el mejor en calidad y por aquel que tenga diferenciación del resto del mercado. La denominación de origen (DO), que en Colombia otorga la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), es una de esas diferencias que bien podría aprovecharse en el sector agroindustrial, no solo con propósito comercial, sino también de protección. Pero la situación no es solo soplar y hacer botellas.

“Una asociación, una vereda o una gobernación pueden hacer una solicitud de denominación de origen. El punto es que debe haber una organización o infraestructura detrás para que permanezca, hacerle promoción, control y defenderla, es decir, para que tenga éxito. Además, en esencia hay que demostrar calidad, una reputación que está indisolublemente asociada al origen”, dijo Luis Fernando Samper presiente de 4.0 Brands, una consultora en temas de sostenibilidad, comunicaciones y mercadeo. La primera denominación de origen protegida declarada en el país fue la de Café de Colombia en 2005, cuyo administrador es la Federación de Cafeteros que fue la entidad solicitante. Está delimitada entre la latitud norte 1° a 11°15, longitud oeste 72° a 78° y altitud desde 400 a 2.500 metros sobre el nivel del mar.

Esto indica que solo el café producido en esa indicación geográfica puede obtener el uso del sello para estamparlo en el empaque que va al consumidor final. El administrador de la DO, en este caso la Fedecafé, es el que autoriza o no, previo a una solicitud, dicho uso y debe ejercer funciones de control de la calidad, promoción y vigilancia. La directora de Signos Distintivos de la SIC, María José Lamus, señaló que las DO pertenecen al estado colombiano. Es una declaración de protección y se otorga cuando se dan las condiciones. “En el caso de la cholupa y la achira las DO fueron solicitadas por la Gobernación de Huila y los administradores son cooperativas integradas por cultivadores, comercializadores y otros actores de la cadena. Para efectos de mercadeo son muy importantes. Hemos encontrado que el consumo está dispuesto a pagar hasta 200% más cuando ve el sello en una etiqueta”, señaló. 

Wanda Quimbaya es la directora Ejecutiva de la precooperativa que administra la DO de los bizcochos de achira. Dice que están definiendo reglas, manuales y perfiles y esperan en este mes empezar a recibir las solicitudes. “Ya hay 17 empresas pendientes del sello. Lo que queremos es hacer una labor de mercado muy grande para dar a conocer nuestro producto”, dijo.

Se han declarado 22 denominaciones de origen
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha hecho la declaratoria de 22 productos con denominación de origen (DO). De estos 12 son del sector agroindustrial. El café acumula cinco lideradas por Café de Colombia y las regionales de cafés de Huila, Cauca, Nariño y Santander. Con DO están la cholupa y el bizcocho de achira de Huila; quesos de Caquetá y Paipa y en flores claveles, crisantemos y rosas. Según la SIC en proceso y en trámite están las DO de dos cafés, el arroz de La Meseta de Ibagué y el cangrejo negro de Providencia. La solicitud de un té está en primera instancia negada.

Pasos para la denominación
Demostrar interés
La protección de denominaciones de origen puede ser solicitada por personas naturales o jurídicas y deben demostrar a la SIC el interés legítimo que les asiste para ello. 

Lugar geográfico
El nombre del lugar geográfico debe ser conocido por los productos que de él provienen, por lo que el consumidor debe asociar sin dificultad el lugar con el producto.

Calidad y reputación
Se deben acreditar calidades, reputación, tradición y otras condiciones como clima, características de la tierra, factores ambientales y elementos como formas, envases y envolturas.

Aportar estudios
El solicitante debe aportar toda la información y estudios que demuestren que se está ante una denominación de origen. En algunos casos la SIC hace verificaciones en campo.

Rendir informes
El administrador de las DO debe rendir informes anuales a la SIC. La entidad revisa los cumplimientos de las funciones. Si detecta problemas tiene facultad de retirar la administración.

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