Agro

"Del artículo son varios los elementos que se acercan a una intención expropiatoria"

José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegan, expresó preocupación ante el artículo 61 del Plan Nacional De Desarrollo
Por:
Juan Diego Murcia
08 de mayo de 2023
José Félix Lafaurie - Presidente de Fedegan - Colprensa
José Félix Lafaurie - Presidente de Fedegan - Colprensa

Luego de que el viernes, en la madrugada, el Congreso aprobara el texto conciliado del Plan Nacional de Desarrollo para el cuatrienio, con inversiones por $1.154 billones, uno de los artículos más controvertidos fue el 61, con disposiciones de mecanismos para facilitar y dinamizar los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria.

José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegan, aseguró que son varios los elementos del numeral 5 del artículo que se alejan de la condición voluntaria y se acercan a “una intención expropiatoria”.

“Las modificaciones sustanciales frente al texto que se conoció hasta la semana anterior van en contravía de los anuncios del Gobierno de no acudir a la expropiación, sino a la compra por oferta voluntaria, principio que, además, inspira el convenio suscrito entre el Gobierno y la Federación Colombiana de Ganaderos”, dijo el dirigente gremial.

El gremio explicó que, según el artículo, todos los predios con áreas superiores a dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF), serán identificados por el Ministerio de Agricultura y podrán ser priorizados para Reforma Agraria.

“Si su predio cae en esas prioridades, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) le aplicará el procedimiento de compra por oferta voluntaria, lo cual ya es contradictorio, pues ese procedimiento solo aplica a quien ‘voluntariamente’ quiera vender”, dijo.

En caso de que la persona no acepte la venta voluntaria, al predio se le hará un análisis de explotación económica, “sin que existan criterios objetivos y, por el contrario, un gran sesgo contra la ganadería”.

Lafaurie también indicó que, si el predio no está bajo aprovechamiento económico, lo requerirán por una única vez para que sea vendido y, en caso de negarse, la ANT aplicará los procedimientos agrarios establecidos para alimentar el Fondo Gratuito de Tierras, “la extinción judicial de dominio a delincuentes, pero también la extinción administrativa dominio por incumplimiento de la función social y ecológica; o la expropiación por motivos de interés social o utilidad pública”.

También explicó que la inclusión del numeral 5 deja al artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo en la inconstitucionalidad, y de una clara inconsistencia para facilitar y dinamizar la compra por oferta voluntaria.

“De nuestra parte, en virtud del acuerdo que firmamos con el presidente de la República, hemos canalizado hacia la ANT ofertas por más de 500.000 hectáreas. Por ello, esperamos que la nueva ministra convoque a la mesa de trabajo contemplada en el acuerdo, no solo para evaluar sus avances, sino su integralidad, un componente esencial de la verdadera Reforma Agraria, pues seguimos creyendo que la propiedad de la tierra no es suficiente, si no se acompaña de las condiciones para hacerla realmente transformadora de las condiciones de vida del campesino”, dijo.

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