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Gobierno no modificaría los aranceles a la papa congelada pese a presión europea

Durante los próximos 60 días, con la mediación de la OMC, Colombia y la Unión Europea discutirán sobre la carga impositiva que tienen algunas empresas de papa congelada
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16 de octubre de 2019

Hace exactamente un año el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo firmó una resolución en la que se imponían aranceles a algunas empresas de Alemania, Bélgica y Holanda, las cuales exportaban su papa congelada a Colombia. El hecho se tradujo en una carga impositiva de 8%, por lo que la Unión Europea interpuso una queja ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). Pese a esto, el Gobierno confía en que independientemente del proceso el arancel se mantendrá.

“Tenemos aplicados unos derechos antidumping a las papas congeladas de algunos países de la Unión Europea, estamos implementando esa medida en cumplimiento de nuestros acuerdos, pues vimos que hay una práctica desleal, y eso pone en juego a los productores locales, por eso no vamos a permitir que lleguen productos agrícolas que hagan eso. No creemos que eso vaya a ocurrir (eliminar o mover los aranceles), lo que viene ahora es un llamado a consultas en Ginebra”, explicó el ministro de Agricultura, Andrés Valencia.

En una carta enviada por comerciantes de Bélgica a la delegación comercial de la Unión Europea, curiosamente recuerdan que para ese país hay un gran simbolismo por las papas congeladas, pues se consideran los creadores de ese producto.

A eso se suma que el monto por el cual las compañías de los tres países están discutiendo, tiene que ver con un cargamento avaluado en 27 millones de euros al año (casi US$30 millones) por concepto de cerca de 17.000 toneladas.

Luego de que Bélgica, junto a delegados de Alemania y Holanda pidieran respaldo ante la UE, la comisaria de Asuntos del Comercio del bloque, Cecilia Malmström, explicó que la queja ante la OMC fue producto de que “hemos intervenido más de 30 veces con las autoridades colombianas por este caso, pero a pesar de estos importantes esfuerzos, las medidas no pudieron evitarse. Es por eso que hemos dado este paso”.

Pero la disputa no es nueva, el Mincomercio empezó con los estudios de si efectivamente había competencia desleal con la papa congelada europea en 2017. Estos análisis tardaron casi un año y luego fue que se decidió actuar con los aranceles. Incluso en su momento fue el Comité de Prácticas Comerciales el que recomendó imponer la carga tributaria.

Romain Cools, secretario General de Belgapom (gremio de productores), dijo que además de que están contentos con la iniciativa de la UE ante la OMC, “debemos detener este juego de dominó, Colombia es el tercer país después de Sudáfrica y Brasil en tener tales medidas”. Además, insistió en que los comerciantes ven esto con preocupación porque solo en el caso belga, se producen dos millones de toneladas de papas congeladas y 90% del total va para la exportación.

LOS CONTRASTES

  • Andrés ValenciaMinistro de Agricultura

    “No creo que estén en juego empleos en países que exporten esa papa europea, no podemos permitir el ingreso de productos agropecuarios con prácticas desleales”.

  • Olga Lucía SalamancaDirectora de política de Araújo Ibarra

    “Un muy alto porcentaje de medidas de defensa comercial resultan siendo objeto de controversia en la OMC, por lo cual ya existe una muy amplia jurisprudencia”.

El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, explicó que “Colombia esperará a las consultas que se hagan de la Unión Europea buscando una solución amistosa con el orden de 60 días. Esperamos demostrar que efectivamente existe una situación de dumping como se verificó por parte del Comité de Prácticas Comerciales, además hay que aclarar que esto no afecta las relaciones con la Eurozona”.

¿Por qué Colombia podría salir bien librado del pleito con empresas europeas?
Olga Lucía Salamanca, directora de política y defensa comercial de Araújo Ibarra Consultores Internacionales, señaló que aunque es un tema muy complejo, “Colombia puede salir bien librado de esta disputa en la medida en que acredite que durante el proceso de investigación, se cumplieron con todos los procedimientos definidos en el acuerdo antidumping, que se garantizó el derecho de defensa de las partes y que las decisiones del Comité de Prácticas Comerciales se basaron en pruebas y análisis objetivos”.

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