Agricultura

Mojica dijo que Colombia debe regular la extranjerización y acaparamiento de tierras

La FAO define que el acaparamiento de tierras se puede dar de tres formas: extranjerización, concentración y acumulación
Por:
Juan Diego Murcia
03 de octubre de 2023
Tierras en Colombia
Colprensa

En medio de un debate en la Comisión V de la Cámara de Representantes, la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, dijo que Colombia está demorada en un marco regulatorio estatal de la extranjerización y acaparamiento de tierras, sobre el caso que se presenta en Puerto Gaitán, Meta, que involucra a una comunidad menonita y a indígenas Sikuani.

La jefa de la cartera aseguró que se requiere con urgencia regular de manera “sana” y directa las normas de acaparamiento o ‘land grabbing’, como se conoce en el exterior.

Según Mojica, el acaparamiento es un proceso de control territorial sobre los suelos y lo que hay sobre ellos “que implica la violación de derechos humanos e intervención de recursos no renovables”. La ministra dijo que, según la FAO, se han detectado tres formas de esta figura: la extranjerización, la concentración y la acumulación.

Mojica explicó que esta regulación es clave para evitar que zonas importantes por el agua, los suelos o los recursos sean objeto de extranjerización y acaparamiento de tierras.

“De ninguna manera esta regulación afecta la inversión extranjera, por el contrario, la fomenta, al proveer normas claras para que empresas foráneas ingresen al mercado inmobiliario, sin poner en riesgo la soberanía, seguridad y autonomía alimentaria”, dijo.

Con este marco regulatorio sobre la extranjerización de la tierra se busca que “las tierras rurales y el suelo aseguren no solamente el derecho de la soberanía nacional y la seguridad alimentaria, sino también afirma el ordenamiento en torno al agua y la garantía del derecho de propiedad de las comunidades rurales, campesinas, agrícolas y étnicas de Colombia”, dijo.

También aseguraron que la regulación debe incluir estudios técnicos para que los extranjeros puedan celebrar negocios jurídicos sobre tierras rurales, o si debe limitarse a determinado porcentaje.

Según MinAgricultura, en Colombia 5,4 % de los propietarios tienen predios de más de 100 hectáreas, mientras que 56,7 % de los propietarios poseen predios hasta tres hectáreas. “Es decir, unos pocos propietarios tienen predios grandes y muchos tienen predios pequeños”, puntualizó Mojica.

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