Legislación

La Corte Constitucional ordenaría el regreso de los espectáculos taurinos en Bogotá

Esta sentencia aclara que a las autoridades administrativas como las Alcaldías y los Concejos no tienen la potestad de modificar o de prohibir las actividades taurinas
Por:
Juan Diego Murcia
10 de enero de 2023
Corridas de toros - Colprensa
Corridas de toros - Colprensa

La Corte Constitucional publicará un auto en el que ordena el regreso de los toros a Bogotá, luego de que el Concejo de la capital vetara en 2020 la muerte del animal durante la lidia.

Aunque aún no se conoce el texto, en la parte resolutiva se declara que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (Idrd) incumplió las órdenes de la Sentencia T-296 de 2013, por lo que se exige seguir a cabalidad lo dictaminado en dicho documento.

Esta sentencia aclara que a las autoridades administrativas como las Alcaldías y los Concejos no tienen la potestad de modificar o de prohibir las actividades taurinas.

¿Qué decía la Sentencia T-296 de 2013 de la Corte Constitucional? Aquel texto ordenaba restituir de manera inmediata la Plaza de Toros de Santa María como escenario permanente para la realización de espectáculos taurinos y la preservación de la cultura taurina, “sin perjuicio de otras destinaciones culturales o recreativas siempre que estas no alteren su destinación principal y tradicional, legalmente reconocida, como escenario taurino de primera categoría”.

Esto obliga a las autoridades a rehabilitar las instalaciones de la Plaza para la realización de espectáculos taurinos en las condiciones habituales de su práctica, como expresión de la diversidad cultural y el pluralismo social, según dicha sentencia.

Con esta orden se pretende garantizar la salubridad, la seguridad y la tranquilidad de las personas que utilicen dichos escenarios para realizar su expresión artística o para disfrutarla.

La Corte Constitucional ha protegido a las corridas de toros como expresión cultural, y aunque no se ha publicado el auto, pareciera que volverían a hacer licitación para hacer temporada taurina.

Cabe recordar que el único mecanismo constitucional para prohibir las corridas de toros es a través del Congreso.

En el Senado se aprobó el proyecto de ley 085 de 2022, que pretende prohibir progresivamente las prácticas de entretenimiento con animales, que incluye las actividades taurinas.

Aunque todavía faltan dos debates en Cámara de Representantes, donde el gremio taurino es fuerte, Andrea Padilla, ponente del proyecto de ley, explicó que “esta es la demonstración de que estamos en un momento de transición, tanto el Gobierno como el Congreso han entendido que la opinión pública quiere cambios y de fondo y no solo en temas clásicos de derechos humanos sino en el relacionamiento con la naturaleza”.

En las próximas plenarias se debatirá la prohibición de corridas de toros becerradas, novilladas, tientas y rejoneo, que entraría a regir dentro de tres años y en esa transición, quienes quieran hacerlas no pueden matar al toro ni usar elementos cortopunzantes.

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