Agro

Ley de Rescate Económico eliminaría exenciones de IVA a frutas, verduras e insumos agrícolas

La modificación del artículo 477 del Estatuto Tributario, relacionado con los bienes exentos de IVA, le pega directamente al agro, pues algunos productos perderían este tratamiento tributario
Juan Diego Murcia
30 de octubre de 2026
Frutas
Ministerio de Agricultura

El proyecto de Ley de Rescate Económico que propuso el Gobierno de Abelardo de la Espriella plantea cambios importantes en el Estatuto Tributario, que entrarían en vigor el 1 de enero de 2028, si es aprobado por el Congreso. Esto no solo podría afectar al sector agropecuario, sino también encarecer el precio de algunos alimentos. Déjeme le explico.

Lo primero que debe saber es que, en Colombia, la tarifa general del IVA es de 19%, pero no todos los productos pagan este impuesto. Algunos están excluidos, otros son exentos y otros tienen una tarifa reducida de 5%. El proyecto del Gobierno propone eliminar esta última tarifa a partir de 2028, de modo que los productos que hoy pagan 5% pasarían a estar gravados con la tarifa general de 19%.

La modificación del artículo 477 del Estatuto Tributario, relacionado con los bienes exentos de IVA, le pega directamente al agro, pues algunos productos perderían este tratamiento tributario. Entre ellos están los animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia; los pollitos de un día de nacidos; los camarones de cultivo; el queso fresco sin madurar; el lactosuero y el requesón.

Pero hay otros bienes que se incorporarían a la lista de exentos, como el salchichón, la butifarra y la mortadela. Estos tres productos actualmente están gravados con una tarifa de IVA de 5%.

Otro de los cambios importantes estaría en el artículo 424 del Estatuto Tributario, que contempla los bienes excluidos del IVA. El proyecto propone retirar de esta lista una serie de productos agropecuarios, por lo que dejarían de tener ese tratamiento y pasarían a estar sujetos al impuesto. Pero ojo, esto no implica que pasen automáticamente a tributar 19%, puede que, como otros bienes exentos, la tarifa aplicable sea de 0%.

¿Cuáles pierden la exclusión de IVA?

Entre los productos que perderían la exclusión están los animales vivos de las especies porcina, ovina y caprina; las aves domésticas vivas, como gallinas, patos, gansos y pavos; los peces vivos; la miel natural; las plantas vivas y las plántulas para siembra.

También se propone eliminar la exclusión para varias frutas frescas, entre ellas bananos, plátanos, dátiles, higos, piñas, aguacates, guayabas, mangos, cítricos, uvas, melones, sandías, papayas, manzanas, peras, duraznos y ciruelas. En el caso de las hortalizas, dejarían de estar excluidos productos como tomates, cebollas, ajos, puerros, coles, coliflores, lechugas, zanahorias, nabos, rábanos y pepinos, además de otras hortalizas frescas o refrigeradas.

La propuesta también contempla retirar la exclusión del maíz para consumo humano, el maíz trillado, el cacao en grano, las legumbres secas, como fríjol, lenteja, garbanzo y arveja; las hortalizas secas; los cocos; frutas frescas como fresa, mora, lulo y maracuyá; el café en grano sin tostar; la cebada; la sal y algunos productos artesanales a base de leche y guayaba.

En el sector pecuario y pesquero, la modificación contempla retirar la exclusión al semen bovino, los demás animales vivos, las redes de pesca y los motores fuera de borda de hasta 115 caballos de fuerza.

Los cambios también alcanzarían a los insumos agrícolas, como las semillas destinadas a la siembra de cultivos como trigo, centeno, avena, maíz, soya, maní, lino, colza y girasol, además de otras semillas oleaginosas. A estos se sumarían los abonos, los plaguicidas, los fungicidas, los herbicidas y las materias primas para producirlos, así como el azufre, los fosfatos de calcio, la cal dolomita y la caña de azúcar.

En cuanto a la maquinaria agrícola, dejarían de estar excluidos los tractores agropecuarios, las cosechadoras, las trilladoras, las guadañadoras, las prensas de forraje, los sistemas de riego, los aspersores, los goteros y las máquinas para preparar alimentos para animales y limpiar semillas. La lista también incluye neumáticos y remolques agrícolas, así como motores diésel de hasta 150 caballos de fuerza.

La propuesta contempla cambios en el tratamiento tributario de las fibras y los empaques, entre ellos el fique, los tejidos de fibras vegetales, los empaques y sacos de yute, cáñamo y fique, y el caucho natural.

"El IVA es el corazón de la reforma. Aunque la tarifa general se mantiene en 19%, desde 2028 desaparecería la tarifa de 5%, por lo que productos como café, azúcar, aceites, pastas y chocolate, así como servicios de medicina prepagada, pasarían a tributar al 19%. Lo mismo ocurriría con los carros eléctricos e híbridos y las bicicletas. Además, se reduciría la lista de bienes excluidos del IVA, de la que saldrían frutas y verduras frescas, café en grano, maíz, sal, abonos, plaguicidas, tractores, computadores, celulares y paneles solares", dijo Lisandro Junco, exdirector de la Dian.

Andrés Valencia, exministro de Agricultura, señaló que el efecto de la reforma en la cadena agropecuaria sería transversal y también alcanzaría a los servicios de apoyo, como la asistencia técnica y la fumigación, que pasarían a tener un IVA de 19%.

"Sube el IVA para el seguro agropecuario, lo que desincentivaría su uso, a pesar del subsidio existente", afirmó.

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